La
Justicia determinó que el proceder de la trabajadora fue justificado
debido al incumplimiento de la empleadora de la obligación de
registrar correctamente la relación laboral dentro del plazo debido.
Maria Victoria
Tuninetti realizaba tareas de atención y dirección de planes de
actividad física de aquellos que concurrían al gimnasio Quality,
ubicado en la ciudad de Córdoba, pero se consideró despedida por
culpa de la patronal porque no fue registrado su contrato de trabajo
en tiempo y forma.
La firma
Megatlon SRL, que fue la demandada en este caso esgrimió como
defensa que sí dio cumplimiento en término a la obligación que
pesaba sobre ella.
El caso fue
resuelto por la Sala 2ª de la Cámara del Trabajo de Córdoba, quien
comprobó que efectivamente la patronal cumplió con el requerimiento
y registró el contrato de trabajo de Tuninetti, pero lo hizo fuera
del término de 30 días fijados en el emplazamiento por lo que
corresponde indemnizar a la ex empleada.
El Tribunal
indicó que la demandada modificó la fecha de ingreso de la actora,
pero no pudo acreditar haber dado cumplimiento a su obligación de
registrar en el plazo legal, y subrayó que los recibos de haberes
con la modificación del ingreso de la trabajadora son de fecha
posterior al vencimiento del plazo.
La accionada
solo ofreció como prueba una copia simple del formulario pertinente
para el trámite de modificación, pero esto no alcanza la calidad de
prueba dirimente, ya que no tiene la ratificación de la
Administración Federal de Ingresos Públicos.
De todas formas,
más allá de que la empresa respondió al requerimiento efectuado
por la trabajadora, no se comportó como un bien empleador, porque la
modificación de la registración se realizó posteriormente al plazo
máximo que tenía para cumplir con dicha obligación, el cual es de
treinta días según lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley
24.013.
Por lo tanto la
Cámara decidió hacer lugar a la pretensión de la actora y condenar
a Megatlon SRL al pago de una indemnización por despido a la ex
profesora del gimnasio Quality.